El 14 de enero de 2021 la Superintendencia de Educación publicó la Circular Nº30 , una nueva normativa que viene a regular los registros de información de todos los establecimientos educacionales del país, la cual invita a utilizar un libro de clases digital a partir de este año, disminuyendo la carga burocrática en docentes y directivos y así avanzar hacia una transformación digital.
La nueva circular Nº 30 viene a poner fin al tradicional libro de clases en papel, que generaba muchos conflictos y tensiones entre docentes y directivos, ya que no admitía errores y si ocurría era considerado una falta grave. Entre docentes igual generaba problemas ya sea para poder firmar, completar las calificaciones a fin de mes, semestre o fin de año, provocando una lucha por utilizarlo. No podemos dejar de mencionar los simulacros o plan de evacuación donde la indicación era “el docente debe ser la última persona en salir y con el libro en la mano”, y finalmente los accidentes que ocurrían como el derrame de café, pérdidas , quema de estos, entre otros.
A continuación revisa estas 4 preguntas frecuentes que responde la Circular número 30:
1.- ¿Qué beneficios traerá el uso de un libro de clases digital?
Con la implementación del libro de clases digital, los establecimientos podrán avanzar hacia un sistema digital, rápido, seguro y fiable de registro de asistencia y de cumplimiento de los planes y programas de estudio, así como también:
- Disminuir la carga administrativa en docentes y directivos.
- Información actualizada y oportuna , para tomar decisiones que mejoren los aprendizajes
- Facilitar la supervisión de la Superintendencia de Educación.
2.- ¿Qué información debe contener el libro de clases digital ?
Los contenidos mínimos que debe contener el libro de clases, son:
- Registro de antecedentes generales de los alumnos y alumnas.
- Registro de control de asignatura.
- Registro de control de asistencia.
- Registro de evaluaciones y subsectores educativos.
- Registro de anotaciones de convivencia escolar por estudiante.
- Registro de atención de profesionales en aula común y PIE.
3.-¿Cómo se “firma” el libro de clases digital?
En el libro de clases digital la “firma” operará mediante un “verificador de identidad” similar a los dispositivos que regulan transferencias bancarias, para eso los docentes deben contar con su Clave Única. Para mayor información ingresa a: https://sseducacion.cerofilas.gob.cl/
4.-¿Cómo elegir un libro de clases digital?
Los establecimientos deberán elegir el software de gestión , siempre que este cumpla con lo exigido en la circular Nº 30. Para su adquisición podrá hacer uso de los recursos SEP, según lo establece la Circular 47 de la Superintendencia de Educación
Algunas de las exigencias específicas para los registros digitales son:
- Usar el estándar de datos para la educación (descrito técnicamente en ede.mineduc.cl).
- Contar con información exportable.
- Generar registros de todas las acciones que se realicen en el software, tales como los ingresos, modificaciones o eliminación de datos.
- Asegurar el respaldo de toda la información durante, al menos, cinco años para su eventual fiscalización.
Conversatorio sobre libro de clases digital (7:26 min.)
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